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Protocolo Según el decreto 1967 de 1991, el Escudo de Armas de la República de Colombia sólo se usará:
a) En la Bandera Nacional del Presidente de la República
b) En las Banderas de Guerra,
c) En los membretes de papel, sobres, etc., mediante los cuales se ventilen asuntos estrictamente oficiales.
Se autoriza esculpirlo en monumentos, iglesias, capillas, panteones o cementerios militares, cuarteles, buques, centros docentes y otros lugares, siempre que reunan condiciones de severidad, seriedad y respeto Nuestro Escudo.
Por: JOAQUIN PIÑEROS CORPAS
Es un símbolo de símbolos. Dentro de su interpretación actualizada podría decirse que el cóndor es ratificación de la vocación aviadora colombiana y del compromiso de las generaciones comtemporáneas de dominar el vasto y contrastado territorio nacional, mediante el ejercito de alas poderosas.
La primera zona exige a los colombianos la explotación, el incremento y el ususfructo de sus considerables recursos naturales; la segunda recuerda que la libertad se sigue conquistando todos los días, como en el Pantano de Vargas y Junín, lo hizo el pueblo con la misma lanza en la que campea el gorro frigio; la tercera zona afirma categoricamente la privilegiada posición geográfica de Colombia en lo continental y en lo universal, especialmente su condición costera del Atlántico, del Pacífico y rivereña del Amazonas |